SUBVENCIÓN BONO AUTÓNOMO DE LA XUNTA DE GALICIA 2020

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Entre el 3 julio y el 2 de agosto de 2019 estará disponible la ayuda bono autónomo para mejorar la competitividad empresarial de los autónomos gallegos de la Xunta de Galicia para ayudarles a ir acercándose así, hacia el modelo de industria 4.0.

Desde Esquío ofrecemos herramientas subvencionables en esta convocatoria, software de gestión ERP para empresas en general, destacando en  ERP Industrial, ERP para la industria del mecanizado y ERP para industria del metal, etc.

Si crees que es el momento de impulsar tu negocio la Xunta te ofrece ayudas de hasta 3.000€ para invertir en páginas web, tienda online, imagen corporativa, plan de marketing…

Sabemos que para diseñar tu web no hacen falta tecnicismos ni palabras modernas.

Los negocios están experimentando un proceso de transformación digital. Hoy necesitan sistemas de información para organizar los datos o una tienda online para ofrecer sus productos y servicios a un consumidor cada vez más exigente. Acceder a ellos es posible con las subvenciones que ofrecen instituciones como la Xunta de Galicia y sus organismos competentes.

Por ello CDTIC (Centro demostrador TIC) confió en nosotros para a través de una sesión online informar a los responsables y personal técnico de las pequeñas y medianas empresas (pymes) de Galicia a cómo aprovechar las subvenciones que ofrece el IGAPE de digitalización de empresas e internacionalización de sus negocios.

La subvención bono autónomo de la Xunta permitirá contratar servicios de consultoría que estén destinados a desarrollar el proceso de digitalización de la empresa.

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Las subvenciones permitirán a los autónomos financiar en parte sus proyectos de digitalización, siempre y cuando aporten soluciones innovadoras para los negocios, para mejorar u optimizar el control de la producción y también ofrecerán la posibilidad de realizar un seguimiento en tiempo real.

Puedes ampliar más información de nuestros productos en software de gestión ERP para el mecanizado o en el ERP para tu empresa.

Acciones subvencionables:

Línea 1: Mejora de la competitividad a través de los siguientes servicios 

  • Investigación de mercado
  • Plan de márketing
  • Plan de comunicación del negocio
  • Plan estratégico del negocio
  • Plan crecimiento: constitución sociedad
  • Plan de reorientación del negocio
  • Plan de uso de las nuevas tecnologías en el negocio
  • Plan de refinanciación
  • Otros estudios y planes que tengan como fin aumentar la competitividad

Línea 2: Mejora de la competitividad a través de las siguientes inversiones 

En el caso de solicitar ambas líneas de ayudas (las líneas 1 y 2 no son excluyentes ni entre ellas ni entre los distintos servicios e inversiones que las configuran), se atenderá en primer lugar la línea 1 y después la línea 2 con el límite máximo de 3.000 € de ayuda por el conjunto de actividades subvencionables.

Beneficiarios potenciales del bono autónomo:

  1. Las personas trabajadoras autónomas que estén de alta en el régimen especial de autónomos o en mutualidad de colegio profesional, que tengan domicilio fiscal en Galicia, que tengan una antigüedad en la realización efectiva de una actividad empresarial o profesional de manera ininterrumpida en la fecha de la solicitud de la ayuda por un plazo superior a 42 meses y que tengan un rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declarados en la declaración del IRPF anual inferior a 30.000 euros y una facturación mínima anual de 12.000 euros, IVA incluido, declarados en el año anterior al de la convocatoria.
  2. Las sociedades de cualquier clase y comunidades de bienes con domicilio fiscal en Galicia y que cumplan los siguientes requisitos:
    1. Tener una persona autónoma societaria con una antigüedad en la realización efectiva de una actividad empresarial o profesional de manera ininterrumpida en la fecha de la solicitud de la ayuda por un plazo superior a 42 meses.
    2. Tener la empresa una facturación mínima anual de 12.000 euros, IVA incluido, en la última declaración realizada.
    3. Tener la empresa una base imponible en el impuesto de sociedades de la última declaración realizada inferior a 30.000 euros. En el caso de entidades que tributen en régimen de atribución de rentas, este importe de 30.000 euros se referirá al rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declaradas en el IRPF.
  3. Quedan excluidos del bono autónomo:
    1. Los familiares que, de manera habitual, realizan trabajos para personas trabajadoras autónomas o mutualistas de colegio profesional y que no tengan la condición de personas trabajadoras por cuenta ajena, conforme a lo establecido en el artículo 1.3.e) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
    2. Las personas que hayan cobrado la ayuda del bono de las personas autónomas (código de procedimiento TR341Q) en alguna de las dos anteriores convocatorias.

Puede ver todos los supuestos aquí

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Nosotros te ayudamos

En Esquío Ingeniería tenemos un grupo de profesionales dispuestos a ayudarte para presentar tu propuesta empresarial y así obtengas el bono autónomo de la Xunta. Por lo tanto, si tenéis interés en presentar una convocatoria o queréis que os ayudemos en vuestro proyecto contactad con nosotros.

Solicítanos más información a través de:

986 16 83 32
info@esquio.es
Calle Marín, 30. Ofic. 8 ,  1ª Planta. 36209 Vigo (Pontevedra)

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