Cursos Bonificación del personal investigador

Bonificación del personal investigador

Compatibilidad de la deducción del impuesto de sociedades y la bonificación a las cuotas a la Seguridad Social, para empresas que cumplan con los requisitos establecidos para las pymes innovadoras sobre el gasto que representa un investigador.

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Las bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social por personal investigador adscrito en exclusiva a actividades de I+D+i es un incentivo no tributario, ligado a la contratación y al mantenimiento del empleo con dedicación exclusiva a actividades de I+D+i.

 

Que destacar del RD 475/2014:

• Se establece una bonificación del 40% en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social para el personal investigador
• Son objeto de estos incentivos los trabajadores incluidos en los grupos 1,2,3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social que tengan dedicación exclusiva durante todo su tiempo de trabajo a la I+D+i, admitiéndose un 15% de dedicación a tareas asimilables a actividades de I+D+i (según se define en art. 2 del RD 475/2014)
• Se establece una plena compatibilidad de esta bonificación con las deducciones fiscales por I+D+i en el caso de “pymes innovadoras”; en el resto de organizaciones, puede existir esta compatibilidad siempre que no se apliquen ambos incentivos sobre el mismo investigador

 

Ventajas de aplicar la bonificación por personal investigador:

• La empresa puede disminuir automáticamente el gasto de personal investigador dedicado exclusivamente a actividades de I+D+i.
• Esta bonificación es compatible con las deducciones fiscales por I+D+i en el caso de “pymes innovadoras”
• En el resto de organizaciones, puede existir esta compatibilidad siempre que no se apliquen ambos incentivos sobre el mismo investigador

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Curso Bonificación del personal investigador

Fecha de inicio: 27/04/2020.
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