La presente resolución tiene por la concesión de ayudas del Programa estatal para actuaciones de eficiencia energética en pyme y gran empresa del sector industria.
Se convocan ayudas para las siguientes actuaciones:
Medida 1: mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
Medida 2: implantación de sistemas de gestión energética.
¿A quién va dirigido?
- Empresas que tengan la consideración de PYME o Gran empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 comience por la División da 07 a 39, excluidas las que comiencen por la División 12 y 34, siempre que tengan su residencia fiscal o un establecimiento permanente en el territorio de la comunidad autónoma de Galicia.
- Las empresas de servicios energéticos entendiendo como tal la definición más amplia posible de las organizaciones que aporten este tipo de servicios. (Para poder ser destinatarias últimas de las ayudas, estas empresas deberán actuar en función de un contrato de servicios energéticos con alguna de las empresas que se indican en el apartado 1. repercutiendo en todo caso la ayuda prevista en este programa a la empresa donde se ejecute el proyecto)
Conceptos subvencionables
Podrán obtener derecho a la subvención aquellas actuaciones que cumplan lo establecido en el Anexo IV del Real Decreto 263/2019 de 12 de abril y se ejecuten dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Medida 1: Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
Medida 2: Implantación de sistemas de gestión energética.
¿Cuánto debo invertir en mi proyecto?
La inversión mínima para que la actuación sea subvencionable debe de ser de:
- 100.000 euros por actuación para la Medida 1, Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales
- 50.000 euros por actuación en el caso de la Medida 2, Implantación de sistemas de gestión energética.
En ambos casos IVA no incluido.
Características de las ayudas
- Presupuesto: 16,1 M€.
- Financiado con el FNEE (Fondo Nacional de Eficiencia Energética) y con el FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional).
- Concurrencia no competitiva, asignándose los fondos por orden de llegada.
Cuantía máxima de las ayudas
La cuantía de la ayuda será el mínimo entre el 30 % de la inversión elegible del proyecto y la cantidad que resulte de aplicar al coste subvencionable el 35% para gran empresa, y 45% para mediana empresa y el 55% para pequeña empresa.
Con carácter general, se establece una ayuda máxima por proyecto de 1.000.000 euros.Se podrá aumentar la ayuda máxima por proyecto hasta 2.000.000 euros en aquellas actuaciones que en fase de solicitud justifiquen la consecución de elevados niveles de ahorro energético.
En la siguiente tabla se establece el valor máximo de ayuda en función del ahorro energético anual justificado.
Donde AE = Ahorro energético anual en (tep/año) justificado en fase solicitud.
¿Cuántas solicitudes puedo presentar?
Cada empresa podrá presentar una o más solicitudes. Cada solicitud contemplará un único proyecto técnico que puede constar de una sola actuación o de varias actuaciones homogéneas ejecutadas en un mismo emplazamiento y que se valorarán de forma conjunta.
Presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes comienza el día 12 de septiembre y permanecerá abierto hasta el 31 de diciembre de 2020. Concurrencia no competitiva, asignándose los fondos por orden de llegada.
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